Reseña del 20/10/09. La semana pasada volvió a saltar la noticia. La Comisión Nacional de la Competencia multaba a nueve asociaciones del sector de la alimentación con más de 1,3 millones de euros por realizar recomendaciones colectivas encaminadas a incrementar los precios. A principios de octubre hizo lo mismo con PROPOLLO, INPROVO y Ceopan.ASAJA, COAG y UPA afirman que estas sanciones son "injustas y lamentables" y piden una normativa que regule las relaciones contractuales "para que tengamos claro lo que se puede o no hacer", ya que matizan que "es importante que las partes puedan llegar a acuerdos".Es necesario "establecer un convenio para regular los precios, siempre teniendo en cuenta los costes de producción" con el objetivo de limitar la especulación, apunta Miguel Blanco, responsable de Organización de COAG. Además, dice que "es lamentable" que Competencia "mire hacia otro lado" mientras los oligopolios en alimentación "concentran cada vez más en menos manos".En la misma línea se muestra el técnico de UPA, David Erice, que critica que no exista una legislación clara que determine hasta dónde pueden llegar los pactos comerciales y añade que el hecho de que agricultores y ganaderos reciban precios justos, no implica "que los consumidores tengan que pagar más".Erice no ve bien que las sanciones se basen en unas notas de prensa que "utilizan datos oficiales de precios de cereales" y a raíz de esto se entienda que "se está recomendando incrementar el importe de los productos", mientras empresas del sector de los fertilizantes o petroleras, "que se ve claramente cómo manejan los precios y no repercuten las bajadas" quedan impunes.Para el presidente de ASAJA, Pedro Barato, estas multas "son una limitación a la vertebración del sector" que "nos están continuamente pidiendo". Por eso, tener una ley "es lo más idóneo y lo más transparente" para "saber qué es lo quieren".
.
Reseña de otoño del 2008. 5 Corporaciones a saber: Cargill, ADM, ConAgra, Bunge y Deyfrus, dominan el 80 % del comercio mundial de cereales
.
La Audiencia Nacional ha ratificado la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia que condenaba al grupo SOS Cuétara y a los grupos de distribución: Diasa, Eroski, Caprabo, El Corte Inglés, Alcampo, Carrefour y El Árbol por pactar precios del aceite de oliva Carbonell y del aceite de girasol Koipesol entre los años 2002 y 2005.
Aceite de Oliva, primer semestre de 2009, debacle total arrastrada de los precios de finales del año anterior. El sector debe almacenar para que suban los precios, en ese sentido se pusieron finalmente en marcha por la UE medidas de apoyo en base al almacenamiento privado, lo que hizo subir el precio (Julio) un 20%, aunque sigue estando por debajo de los umbrales de rentabilidad. De hecho, desde que se aprobó la puesta en marcha del almacenamiento privado, los precios habían experimentado una subida del 20 por ciento, pasando de 1,61 euros/kilo a los 1,91 euros/kg en Julio (2009).
La situación de crisis que ha dado lugar a la medida no responde a razones estructurales, sino que está provocada por la posición de dominio de tres grandes grupos industriales y algunas cadenas de distribución que controlan el mercado y los precios. El objetivo por lo tanto es que los productores asuman un papel de mayor preponderancia en los mercados y para ello defienden dos tipos de actuaciones:
La situación de crisis que ha dado lugar a la medida no responde a razones estructurales, sino que está provocada por la posición de dominio de tres grandes grupos industriales y algunas cadenas de distribución que controlan el mercado y los precios. El objetivo por lo tanto es que los productores asuman un papel de mayor preponderancia en los mercados y para ello defienden dos tipos de actuaciones:
a) A a corto plazo, almacenamiento privado puesto en marcha por Bruselas
.
b) A medio y largo plazo, concentración a través de la integración; es decir, en la práctica, entrar a saco en el dichoso minifundismo cooperativo (Tema 4)
.
Otro ejemplo: Probado: las bodegas jerezanas sí pactan precios
Competencia impone una multa de 400.000 euros al Consejo Regulador de las DO Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda por aprobar y aplicar cupos sobre ventas históricas que "restringen la competencia y limitan su libertad comercial".
Competencia impone una multa de 400.000 euros al Consejo Regulador de las DO Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda por aprobar y aplicar cupos sobre ventas históricas que "restringen la competencia y limitan su libertad comercial".
Competencia considera probado que el Consejo Regulador de Vinos de Jerez adoptó, mediante los citados acuerdos, un mecanismo estabilizador del sector basado en cupos de ventas, que sin embargo, al no estar fundado en la calidad e identidad del producto, no contaba con el debido amparo legal.En este sentido, ha declarado estos acuerdos anticompetitivos porque "restringirían la competencia entre bodegas y limitarían su libertad comercial".